martes, 27 de octubre de 2015
2. Tarea. FIGURA DEL PSICOPEDAGOGO.
2. Segunda actividad: Definición de la figura del psicopedagogo/a del centro de pràcticas.
En la segunda parte describo las funciones que desarrolla la orientadora en el instituto, analizando la misión, las finalidades y las actividades que lleva a cabo.
A) Misión: La orientación educativa tiene como misión contribuir al desarrollo del alumnado en todos sus aspectos: cognitivo, profesional, académico, social, emocional, moral, etc. Se trata de un proceso de ayuda para facilitar al alumno su adaptación y desarrollo personal y social tanto en el entorno educativo como fuera de él. Tiene como elementos fundamentales la TUTORÍA y la ORIENTACIÓN EDUCATIVA, PSICOPEDAGÓGICA Y PROFESIONAL.
¿Qué hace?
Identificar necesidades educativas: en el centro, aulas y en alumnos en concreto, asesoramiento psicopedagógico a los equipos directivos y profesores, asesoramiento a las familias en su labor educativa y orientación profesional del alumnado.
¿Sobre qué?
- Asesorar sobre la elaboración de documentos de Centro, proceso de Enseñanza-Aprendizaje, atención a la diversidad, orientación académica y profesional, acción tutorial, convivencia y evaluación.
- Coordinar la información sobre alumnos, recursos, modos de actuación de los profesores y familias.
- Prevenir e identificar sobre dificultades de aprendizaje y conductas de riesgo.
- Realizar evaluaciones psicopedagógicas a los alumnos, establecer junto con el profesorado criterios de evaluación y posibilidades de promoción para los alumnos.
¿De acuerdo con qué?
Todas las actuaciones que realiza están reguladas por la actual ley educativa y por las directrices marcadas desde la dirección del centro.
¿Para conseguir qué?
Para ofrecer ayuda al individuo a lo largo de su experiencia vital. Es una actividad dirigida al logro de la maduración de la personalidad de cada individuo y a la concreción de su camino de vida.
Es decir "orientar para la vida”. Se trata, por tanto, de un elemento básico para que el proceso educativo sea de calidad.
B) Las finalidades o funciones: Entre las funciones que realiza la orientadora destacan las siguientes:
- La función de orientación y la acción tutorial. Haciendo referencia a la organización y coordinación del propio Departamento de Orientación, a la orientación en general en el centro y el asesoramiento al Plan de Acción Tutorial del centro. Se trata, pues, de funciones globales respecto de la orientación y la tutoría. Las funciones que hacen referencia a contenidos más concretos, como la orientación académica y profesional o las técnicas de estudio.
-En un segundo lugar las funciones referidas a la atención a la diversidad, predominando el asesoramiento sobre problemas de aprendizaje y diversificación curricular, situándose en puestos más alejados las funciones de intervención directa con alumnos (diversificación y adaptaciones curriculares o necesidades educativas especiales).
-En tercer lugar aparecen las funciones ligadas a la evaluación, siendo la evaluación psicopedagógica de los alumnos la mejor situada, seguida de evaluación de necesidades del centro. Le siguen funciones de asesoramiento a profesores sobre evaluación de alumnos y, finalmente, funciones de intervención propiamente dicha en los procesos de evaluación y promoción de los alumnos.
-Finalmente, el resto de contenidos propios de las funciones de los orientadores ocupan lugares de medios a bajos en el ordenamiento efectuado en función de las citadas dimensiones de importancia, tiempo y preparación. Atender demandas de profesores, padres y alumnos; recopilar y mantener un banco de recursos de orientación y tutoría; realizar actividades de formación de tutores; informar y asesorar sobre legislación educativa; realizar investigaciones; mediar ante conflictos; y desarrollar programas, son las funciones menos apreciadas, las que menos tiempo ocupan.
c) Tareas o actividades
En cuanto a las actividades que lleva a cabo destacan:
- Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por la comisión de coordinación pedagógica, y en colaboración con los tutores, las propuestas de organización de la orientación educativa, psicopedagógica y profesional, así como el plan de acción tutorial, y elevarlas a la comisión de coordinación pedagógica para su discusión y posterior inclusión en los proyectos curriculares de etapa.
- Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares apropiadas para el alumnado con necesidades educativas especiales, y elevarla a la comisión de coordinación pedagógica, para su discusión y posterior inclusión en los proyectos curriculares de etapa.
- Realizar la evaluación psicológica y pedagógica previa de los alumnos para los que se propongan los programas de diversificación curricular y planificar en colaboración con los departamentos didácticos estas enseñanzas, de acuerdo con lo establecido para el currículo de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Valenciana.
- Colaborar y coordinarse con el profesorado del instituto en la prevención y detección de problemas de aprendizaje, y en la planificación y realización de actividades educativas y adaptaciones curriculares dirigidas al alumnado que presente dichos problemas.
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